Abordan retos del nuevo sistema de justicia civil
El tema fue analizado en sesión de la barra de abogadas “María Sandoval de Zarco”
Tijuana B.C. 15 de septiembre. La barra de abogadas “María Sandoval de Zarco” realizó una sesión virtual en la que se impartió la conferencia magistral “Retos y expectativas del nuevo sistema de justicia civil”.
Harlene Arriaga Nava, presidenta de la asociación encabezó la sesión en la que la Jueza Cuarto de lo Civil del Partido Judicial de Tijuana, Michelle Corona Navarro, fue la encargada de impartir la conferencia.
Al inicio de la reunión virtual la presidenta de la barra de abogadas “María Sandoval de Zarco”, agradeció la participación de la ponente, así como de representantes de la Asociación de Egresados de Derecho de la UABC y del Colegio Nacional de Abogados Penalistas.
Durante su ponencia la jueza Michelle Corona Navarro, manifestó que es inminente la aprobación del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares cuyos antecedentes datan del 2014.
Refirió que la comunidad jurídica debe de estar motivada a prepararse en el tema, a acceder a más información y a esperar a que se defina la aprobación.
Para la implementación de este Nuevo Sistema Procesal Civil y Familiar, agregó, se depende de un recurso a nivel nacional y se espera que todos los estados vayan en el mismo nivel en cuanto a infraestructura, capacitación y recursos humanos.
Al hacer referencia a algunos de los cambios relevantes, dijo que el sistema de impartición de justicia en materia civil y familiar será adversarial, democrático y oral salvo los casos expresamente establecidos en el Código Nacional.
Señaló que, por lo tanto, sus disposiciones jurídicas deberán interpretarse y aplicarse conforme a los principios generales del proceso, garantizando el ejercicio de aquellas prácticas que privilegien el debate y la calidad de información en condiciones de igualdad y respeto a los derechos humanos.
Corona Navarro, expresó que es importante destacar que no se pretendió establecer un capítulo que regulará todas las acciones y excepciones, sino que únicamente aquellas básicas que tradicionalmente se han regulado en los Códigos Procesales Federal y Locales en el país.
Indicó que no debe perderse de vista que cada entidad federativa cuenta con la facultad de modificar el Código Civil en su ámbito territorial, mismo en el que se reconoce la mayoría de las acciones y excepciones perentorias.