Mayor Vigilancia a Empresas Extranjeras Con Entrada en Vigor de Ley de Transparencia Corporativa: Carolina Juárez
•Socios extranjeros con al menos 25 por ciento de acciones deberán brindar más información a autoridades
Fuertes repercusiones tendrán para las empresas extranjeras la entrada en vigor en Estados Unidos de la reforma a la Ley de Transparencia Corporativa, junto con la Divulgación Obligatoria de los Beneficiarios de Empresas de Propiedad Privada. Así lo expuso en entrevista la abogada Carolina Juárez, integrante de la reconocida firma de abogados en derecho fiscal, Hone Maxwell LLP.
Dichos cambios entrarán en vigor a partir de los primeros minutos de 2024, por lo que recomendó a las empresas de origen extranjero con presencia en la Unión Americana estar preparados
“Durante mucho tiempo, las empresas de propiedad privada en los Estados Unidos han gozado de un alto grado de privacidad, especialmente en lo que respecta a la identidad de sus beneficiarios finales y esto cambiará a partir del 1 de enero. La Ley de Transparencia Corporativa afecta a todas las corporaciones no exentas, sociedades de responsabilidad limitada y cualquier otro tipo de entidad creada mediante una presentación ante el secretario de Estado”, explicó.
Estas entidades estarán obligadas a revelar cierta información sobre cualquier persona que posea el 25 por ciento de propiedad en la empresa o que ejerza un “control sustancial” directa o indirectamente sobre la misma, y agregó que la Ley de Transparencia Corporativa también se aplica a empresas extranjeras que se registran para hacer negocios en los Estados Unidos mediante una presentación ante el secretario de Estado.
Dijo que Los fideicomisos, las empresas unipersonales y las sociedades de responsabilidad ilimitada pueden estar excluidos dependiendo de si el estado de constitución requiere o no una presentación ante el secretario de Estado.
“La información se proporcionará a la Red de Control de Delitos Financieros (FinCEN) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos e incluirá el nombre legal completo de la persona, fecha de nacimiento, dirección actual residencial o comercial, número de identificación único de un documento de identificación aceptable, por ejemplo, un pasaporte. La información reportada no será pública”.
Las entidades exentas de informar incluyen, entre otras, las empresas de cotización pública, los bancos, las cooperativas de crédito, ciertos vehículos de inversión operados por asesores de inversión y los servicios públicos, expuso. También están exentas las empresas que tengan más de 20 empleados, cinco millones de dólares en ingresos provenientes de los Estados Unidos y presencia operativa en una oficina física en los Estados Unidos.
Cabe señalar que las empresas constituidas a partir del 1 de enero de 2024 deben informar los datos del beneficiario final dentro de los 30 días posteriores a su constitución o registro. Las empresas constituidas o registradas antes del 1 de enero de 2024 tendrán hasta el 1 de enero de 2025 para informar la información del beneficiario final, indicó.
Por último, resaltó que Las sanciones por incumplimiento deliberado de los requisitos de informe de la Ley de Transparencia Corporativa incluyen multas monetarias de hasta 500 dólares por día por violación no remediada y/o sanciones penales de hasta 10 mil dólares y/o prisión de hasta dos años.