Aprobada por unanimidad reforma para aumentar penas por violencia vicaria promovida por el diputado Sammy Peña
• Planteó reformas al artículo 242 del Código Penal de Baja California
El diputado Miguel Peña es uno de los diputados inicialistas que promovieron en el congreso del estado la iniciativa para aumentar la pena por el delito de violencia familiar que este día fue aprobada por unanimidad.
Señaló que Baja California es de los estados del país en donde se castiga este delito con penas muy bajas a pesar de su gravedad y por el medio de la suspensión condicional del proceso permitía llevar el proceso en libertad.
El legislador comentó que la iniciativa de reforma al artículo 242 del Código Penal de Baja California fue presentada el 23 de noviembre e incluye el adicionar algunas medidas de protección a las víctimas; así como vigilar que reciban terapia psicológica tanto la víctima como el victimario.
Expresó que por otro lado se adicionó al mismo artículo el párrafo de la violencia vicaria, la cual a groso modo se refiere a utilizar a los hijos como método de violencia contra la pareja, la cual fue procedente y votada a favor por el bien de los niños, niñas y adolescentes de Baja California.
El diputado mencionó que las reformas sugeridas se refieren a aumentar de 3 a 7 años de prisión y una multa de 200 a 600 Unidades de Medida y Actualización.
Así mismo, agregó, que se busca que el Estado vigile puntualmente la reparación del daño hasta la recuperación total de la víctima y victimario.
Manifestó que cuando la víctima sea un menor de 18 años de edad, será condenado a la pérdida, limitación o suspensión de la patria potestad.
Además de que se vigilará la posesión exclusiva de la víctima sobre el inmueble que sirvió de domicilio independientemente de la acreditación de propiedad o posesión del inmueble.
Dijo que cuando exista reincidencia por parte del activo, o cuando la acción se realice en contra de personas menores de 18 años de edad, con discapacidad, embarazadas o durante tres meses posteriores al parto o sea adulto mayor de sesenta años de edad, la pena mínima y máxima se aumentará hasta una tercera parte.